Recientemente el Consejo de Ministros limitó la parte del salario que se considera inembargable respecto a la deuda hipotecaria, fijándola en 961 euros.
Puede ocurrir que tengas una deuda hipotecaria que, en estos tiempos que corren, no puedas asumir. Pues bien, si no queda tu deuda saldada con la entrega de tu inmueble, pasará el banco a embargar tu sueldo, pero con la limitación del 150% del salario mínimo interprofesional, suponiendo inembargable la cantidad de 961 euros, frente a los 705,54 anteriores. Toda una subida que sin duda servirá para fortalecer las economías familiares que están más ahogadas por estas deudas.
Sin embargo, si tu deuda no es con el banco sino con Hacienda o la Seguridad Social, la cuestión es distinta pues ha quedado fuera de este cambio, la cantidad que para ellos es inembargable son 641,40 euros en el año 2011 correspondiente al salario mínimo interprofesional, con lo que te podrán quitar mayor parte de tu sueldo.
También es de destacar que la ley otorga la posibilidad a Hacienda que embargue hasta 20.000 euros de forma automática aunque eso sí, la ley obliga a la Administración a seguir un orden en los embargos: cuentas bancarias, bienes muebles (coches, por ejemplo), valores, dinero en efectivo, salarios y, finalmente, inmuebles.
Para saber qué parte de la nómina se puede llevar la administración, hay que seguir una regla explicada en la respectiva normativa, es la siguiente:
1º. La legislación indica que el salario mínimo no puede tocarse. Ya hemos indicado que corresponde a una cantidad de 641,40 euros.
2º. Teniendo eso claro, la Administración puede embargar un 30% de la nómina hasta el doble del salario mínimo, que son 1.282,00 euros.
3º. Ese 30% aumenta al 50% para la parte del sueldo que equivalga al triple del salario mínimo y así proporcionalmente hasta llegar al 90% para contribuyentes que ganan más de 3.840,00 euros.
Por ejemplo:
A una persona que gane tres veces el salario mínimo, es decir, 1.924,20 euros, Hacienda podrá retenerle algo más de 500 euros, veámoslo:
Los primeros 641,4 euros son inembargables.
Hacienda puede llevarse un 30% de los siguientes 641,40 euros de nómina, que serían 192,42 euros.
También puede llevarse un 50% hasta alcanzar los 1.942,2 euros de nómina, que serían 320,7 euros.
Por último indicar que para la deuda hipotecaria se sigue la misma regla, pero el mínimo como hemos explicado al principio, se sitúa en 961 euros.
domingo, 20 de noviembre de 2011
viernes, 4 de noviembre de 2011
SUBIDA DEL IRPF EN ESPAÑA Y COMPARACIÓN RESPECTO A OTROS PAÍSES
España ha sido el único país de las 20 mayores economías del mundo en términos de PIB que ha modificado los tipos marginales máximos de IRPF este año, según un estudio elaborado por la consultora KPMG.
Además, el número total de países que tocó los tipos de la renta el año pasado fue la mitad del que los tocó en 2010 y la mayoría de los cambos se han producido en Europa, que sigue teniendo los tipos marginales más altos a nivel mundial.
El tipo impositivo medio en Europa del Este, que es de algo más del 17%, es menos de la mitad que los tipos de otras subregiones de Europa. Además, en 2011, Hungría ha rebajado del 36% al 16% su tipo marginal con la adopción de un sistema de tipos impositivos fijos.
En el Sur de Europa, donde el tipo medio es del 39%, España y Portugal han sido los únicos países que han aplicado cambios en este tributo. En concreto, España ha creado dos nuevos tramos para las rentas más altas, mientras que Portugal ha elevado los tipos por segundo año consecutivo.
En el Norte de Europa, con un tipo medio del 40% aproximadamente, se han producido ligeras modificaciones en Letonia, Finlandia, Suecia e Islandia e Irlanda, que ha incrementado los tipos por tercer año consecutivo para elevar los ingresos fiscales.
Los países de Europa Occidental, donde el tipo medio supera el 45%, siguen teniendo los mayores tipos impositivos de IRPF y sólo algunos cantones suizos cuentan con tipos no muy elevados. Luxemburgo, a raíz de la presión a la que estaba sometido para que redujese su déficit presupuestario, ha optado por aumentar el tipo máximo.
En la región de Asia y subregiones, el único cambio se ha producido en Jordania, donde se ha aplicado una reducción del 11%, aunque el tipo medio se mantiene en algo más del 23%. Por su parte, las potencias económicas China, India, Corea del Sur y Singapur no han aplicado cambios.
En Latinoamérica y el Caribe, donde el tipo medio se mantiene ligeramente por encima del 28%, el único cambio se ha producido en Jamaica, que ha vuelto a los niveles del año 2009 tras aplicar un incremento temporal del 10%. En África (tipo medio del 27%), Oceanía (38%) y Norteamérica (27%) los tipos más altos de la renta no han variado en 2011.
ARUBA Y SUECIA, LOS PAÍSES CON LOS TIPOS MÁS ALTOS
Aruba, una isla del Caribe, es el país con el tipo de IRPF más elevado (59%), aunque otros países con tipos que superan el 50% son Suecia (57%), Dinamarca (55%), los Países Bajos (52%), Austria (50%), Bélgica (50%) y Reino Unido (50%).
El estudio analiza la situación de algunos países concretos como Francia, donde se ha elevado del 12,3% al 13,5% determinados ingresos de personas físicas, por ejemplo, a dividendos, intereses, rendimientos de capital inmobiliario y ganancias patrimoniales, aunque no a los salarios.
En Italia, por su parte, se ha regulado para los ejercicios 2011, 2012 y 2013 un suplemento de solidaridad del 3% sobre la parte de los ingresos personales anuales que superen los 300.000 euros, mientras que Portugal ha introducido un recargo adicional el 3,5% respecto a los ingresos personales de forma excepcional a sujetos pasivos con una base imponible superior al salario mínimo anual (6.790 euros).
Además, el número total de países que tocó los tipos de la renta el año pasado fue la mitad del que los tocó en 2010 y la mayoría de los cambos se han producido en Europa, que sigue teniendo los tipos marginales más altos a nivel mundial.
El tipo impositivo medio en Europa del Este, que es de algo más del 17%, es menos de la mitad que los tipos de otras subregiones de Europa. Además, en 2011, Hungría ha rebajado del 36% al 16% su tipo marginal con la adopción de un sistema de tipos impositivos fijos.
En el Sur de Europa, donde el tipo medio es del 39%, España y Portugal han sido los únicos países que han aplicado cambios en este tributo. En concreto, España ha creado dos nuevos tramos para las rentas más altas, mientras que Portugal ha elevado los tipos por segundo año consecutivo.
En el Norte de Europa, con un tipo medio del 40% aproximadamente, se han producido ligeras modificaciones en Letonia, Finlandia, Suecia e Islandia e Irlanda, que ha incrementado los tipos por tercer año consecutivo para elevar los ingresos fiscales.
Los países de Europa Occidental, donde el tipo medio supera el 45%, siguen teniendo los mayores tipos impositivos de IRPF y sólo algunos cantones suizos cuentan con tipos no muy elevados. Luxemburgo, a raíz de la presión a la que estaba sometido para que redujese su déficit presupuestario, ha optado por aumentar el tipo máximo.
En la región de Asia y subregiones, el único cambio se ha producido en Jordania, donde se ha aplicado una reducción del 11%, aunque el tipo medio se mantiene en algo más del 23%. Por su parte, las potencias económicas China, India, Corea del Sur y Singapur no han aplicado cambios.
En Latinoamérica y el Caribe, donde el tipo medio se mantiene ligeramente por encima del 28%, el único cambio se ha producido en Jamaica, que ha vuelto a los niveles del año 2009 tras aplicar un incremento temporal del 10%. En África (tipo medio del 27%), Oceanía (38%) y Norteamérica (27%) los tipos más altos de la renta no han variado en 2011.
ARUBA Y SUECIA, LOS PAÍSES CON LOS TIPOS MÁS ALTOS
Aruba, una isla del Caribe, es el país con el tipo de IRPF más elevado (59%), aunque otros países con tipos que superan el 50% son Suecia (57%), Dinamarca (55%), los Países Bajos (52%), Austria (50%), Bélgica (50%) y Reino Unido (50%).
El estudio analiza la situación de algunos países concretos como Francia, donde se ha elevado del 12,3% al 13,5% determinados ingresos de personas físicas, por ejemplo, a dividendos, intereses, rendimientos de capital inmobiliario y ganancias patrimoniales, aunque no a los salarios.
En Italia, por su parte, se ha regulado para los ejercicios 2011, 2012 y 2013 un suplemento de solidaridad del 3% sobre la parte de los ingresos personales anuales que superen los 300.000 euros, mientras que Portugal ha introducido un recargo adicional el 3,5% respecto a los ingresos personales de forma excepcional a sujetos pasivos con una base imponible superior al salario mínimo anual (6.790 euros).
Etiquetas:
Fiscalidad Europea
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