El Real Decreto ley 20/2012 del 13 de Julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y el fomento de la competitividad introduce modificaciones importantes respecto al IVA.
En relación al IVA las modificaciones son las que siguen:
- Pasar el tipo general del 18% al 21%.
- El reducido pasa del 8 % al 10% (atención que muchos de los productos y servicios gravados hasta ahora al 8%, pasan al tipo general, esto es al 21%.).
- El tipo superreducido del 4%, que afecta a bienes y servicios de primera necesidad, se mantiene invariable.
- Todas las entregas de viviendas y los arrendamientos de vivienda con opción de compra, que venían tributando al tipo superreducido del 4% pasan a tributar al reducido del 10%.
- Las obras de renovación y reparación de vivienda que, como medida temporal prevista hasta el 31 de diciembre venían disfrutando de una tributación al tipo reducido del 8% desde abril de 2010, tributarán hasta final de 2013 al nuevo tipo reducido del 10%.
- Quedarán al tipo reducido el turismo, el transporte y los bienes incluidos en la cesta de la compra.
- La modificación de los tipos del IVA implica cambios en el régimen especial de recargo de equivalencia, obligatorio para comerciantes autónomos, que venden a un cliente final. Los tipos del 1% y 4% pasan al 1,4 % y 5,2%, respectivamente. Los del régimen especial de agricultura, ganadería y pesca pasan del 8,5% al 10,5%, y del 10% al 12%.
- La entrada en vigor de la subida del IVA se demoró hasta el 1 de septiembre para que los agentes económicos afectados pudieran adaptarse a la norma. Se plantea por el Gobierno una reducción de las cotizaciones sociales en 2013 y 2014.