lunes, 25 de octubre de 2010

CUENTAS CORRIENTES REMUNERADAS: GASTOS A TENER EN CUENTA

Bancos y cajas ofrecen una serie de ventajas a sus mejores clientes. Comisiones cero, tarjetas gratis, depósitos de alta remuneración, descuentos en la contratación de seguros... Pero para entrar con alfombra roja en una sucursal las entidades imponen de forma unánime un requisito: el particular debe domiciliar su nómina o pensión, o contratar una hipoteca. Por eso, la apertura de una cuenta corriente puede convertirse en algo desafiante si uno no desea casarse con una entidad por un largo tiempo.

El avezado cliente que inicie esta búsqueda deberá prestar especial atención tanto a los servicios que ofrece la cuenta como a los cargos que conlleva. En juego puede haber más de 70 euros al año en base a la alternativa que se escoja.

Las entidades online son ampliamente conocidas por ofrecer productos sin comisiones. Es el caso de ING, Activobank y Openbank. Si bien algunas de sus cuentas ofrecen cierta rentabilidad (sobre todo en los primeros meses de su contratación), también es cierto que hay casos en los que su operativa está limitada. La archiconocida Cuenta Naranja, por ejemplo, no permite domiciliar recibos al estar pensada para ahorrar. Por eso, antes de lanzarse a contratar algunas de estas opciones, conviene confirmar que su versatilidad responde al uso que se le dará.

Las entidades tradicionales presentan un panorama bien distinto. Suelen cobrar entre 12 y 50 euros al año en concepto de comisiones de administración. A esta cantidad hay que sumar la cuota por la tarjeta de débito, que oscila entre los 12 y los 30 euros.

El coste de las transferencias suele variar según el importe que se mueve. Pero en varias ocasiones la comisión mínima es de tres euros.

Deshacerse de los cobros por apunte (que rondan los 50 céntimos de euro) es algo más fácil, especialmente en las cajas de ahorros.

Algunos grupos ofrecen la posibilidad de deshacerse de todos los cargos básicos si el cliente es accionista del banco (caso de Santander), si la cuenta registra una operativa periódica significativa (alternativa de BBVA), o si supera un saldo medio (opción de Caja Madrid).

Fuera del mundo online, no se prodigan las cuentas remuneradas. Bancaja permite asociar a su producto estándar la Cuenta por +, que renta un 2% TAE. Barclays dispone por su parte de la Cuenta Nada Corriente, que devuelve un 3% de los recibos domiciliados. Sin embargo, sólo la pueden contratar nuevos clientes y usuarios que ya operen con la entidad pero que cumplan una serie de requisitos (sin que ninguno de ellos sea domiciliar la nómina o contratar hipoteca).

La situación que, quizá, empuja con más frecuencia a abrir una cuenta que tendrá un uso complementario es la necesidad de compartir su titularidad con hermanos, cónyuges, amigos o socios. Son cuentas que permiten compartir gastos o ingresos sin mezclarse con las finanzas personales de cada uno.

Subida de comisiones
Sin embargo, esta operativa topa con la tendencia del último año y medio de bancos y cajas a incrementar las tarifas a los clientes no fidelizados. El motivo es simple. La bajada de tipos de interés está socavando el margen de intereses de las entidades (diferencia entre el dinero que ingresan por lo que prestan y lo que pagan por los fondos que obtienen). Por eso, bancos y cajas han revisado al alza sus cuadros de tarifas.

De acuerdo con las cifras oficiales recopiladas por el Banco de España, el coste medio de mantenimiento de una cuenta corriente era al cierre del pasado septiembre de 21,75 euros, un 3,2% más que un año atrás.

Más llamativa ha sido el alza registrada por los descubiertos, que se han encarecido de un año para otro un 10,8%. Las entidades cobran de media 11,77 euros por dejar la cuenta en números rojos o un 3,80% de la cantidad a deber. Y si le toca reclamar al banco ese dinero, la comisión pasa a ser de 30,76 euros (+1,7%). Por último, la cuota por tarjeta de débito ha subido un 1,1%, hasta 16,84 euros, y la de crédito otro 0,5% interanual, hasta 33,48 euros.

Cargos y servicios básicos en cuenta corriente:
-Gestión y administración: las entidades cargan una cuota por mantener la cuenta. Oscila entre 12 y 50 euros  al año.
-Apuntes: cada transacción puede exigir el pago de hasta 50 céntimos.
-Tarjetas: conllevan una cuota anual y comisiones por retirar dinero de cajeros de otras entidades.
-Descubiertos: dejar la cuenta en rojo, aunque sea por poco dinero, trae sorpresas desagradables.

domingo, 10 de octubre de 2010

DESCARGAR PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO PARA 2011

Traemos en este post el enlace oficial al archivo pdf para su descarga que contiene los Presupuestos Generales del Estado para 2011 para todos aquellos usuarios que estén interesados en revisar de un vistazo las previsiones y presupuestos de gastos del Estado así como diferentes novedades fiscales en el impuesto sobre la renta, impuesto sobre sociedades y cotizaciones sociales, tasas y otros tributos...etc.


Presupuestos Generales del Estado para 2011

NOVEDADES FISCALES DE LOS PRESUPUESTOS PARA 2011

Como todos los años, la presentación de los Presupuestos Generales del Estado para el 2011 trae las novedades fiscales para el próximo ejercicio. En esta ocasión, como en el año anterior, las tarifas de mínimos personales y familiares en el IRPF, así como las reducciones por los rendimientos del trabajo no se han alterado. A efectos prácticos, mantener estos mínimos en el mismo nivel que en los años anteriores, implica de facto una subida muy importante en el IRPF para las rentas más bajas.

Así, las rentas más pequeñas (menos de 18.000 euros de base imponible) ven cómo en el transcurso de 4 años sus tipos efectivos sobre el IRPF han aumentado casi un 50%. La explicación se tiene en la eliminación de las deducciones y en el mantenimiento de las tarifas sin deflactar, punto que vamos a cuantificar en este post para las rentas más bajas.
Para el ejercicio 2011, el mínimo personal por contribuyente queda fijado en 5.151 euros. Esta cuantía, conocida también como renta vital o renta de subsistencia lleva en este nivel desde 2008 que se fijó en 5.151 euros. En el 2007, este mínimo era de 5.050 euros por contribuyente. Por tanto, con estos presupuestos generales para el 2011, acumulamos 4 años en los que los mínimos personales y familiares así como los tramos de bases imponibles no se ajustan al IPC.

A efectos prácticos, simplemente subimos de facto el impuesto sobre la renta a todos aquellos que actualizan sus salarios e ingresos en función del IPC, provocando que ahora se pague más impuesto en términos cualitativos y cuantitativos para los mismos ingresos. El IPC acumulado desde enero del 2008 hasta agosto de este ejercicio es del 3,7%.

Si se cumplen las previsiones del ejecutivo, el IPC acumulado desde enero de 2008 a diciembre de 2011 rondará el 5%, por lo que el mínimo personal y familiar debería cuantificarse en torno a los 5.408 euros. La diferencia que no está exenta de tributación, genera un incremento del IRPF de 61 euros sólo por el mínimo personal. A efectos porcentuales, estos 61 euros son lineales para todos los contribuyentes pero representan un porcentaje sobre el impuesto pagado mucho mayor para las rentas más bajas.

La actualización de los mínimos personales y familiares así como la reducción establecida por los rendimientos del trabajo y los tramos de las bases imponibles deberían actualizarse por ley, al igual que se hace con las revisiones de los valores catastrales o resto de tasas y tributos que dependen de la recaudación de los tributos.
Sin embargo, una de las medidas más controvertidas es la subida del IRPF  para los contribuyentes con bases liquidables generales superiores a 120.000 euros. Estas pasarán de tributar al 21,5% al 22,5%, mientras que los que acrediten bases que superen los 175.000 euros lo harán al 23,5%.

También en el Impuesto sobre la Renta, se modifica la tributación de las retribuciones plurianuales, estableciéndose un límite máximo de rendimientos de 300.000 euros para poder beneficiarse de la reducción del 40%; y se aprueba gravar determinadas percepciones de los socios de las SICAV para evitar el diferimiento en la tributación.

El proyecto también incluye la eliminación de la deducción por adquisición de vivienda habitual para los contribuyentes con bases imponibles iguales o superiores a 24.170,20 euros, así como la equiparación del tratamiento de este beneficio fiscal con la deducción por alquiler de vivienda. También se incrementa del 50% al 60% la reducción del rendimiento neto por arrendamiento de vivienda, y se reduce de 35 a 30 años la edad del arrendatario a efectos de aplicar la reducción del 100%.

Otra de las modificaciones se producirá en el Impuesto de Sociedades. Este tributo se reforma para permitir que las entidades de reducida dimensión que pierdan tal condición puedan seguir aplicándose el régimen especial para este tipo de empresas durante los tres ejercicios siguientes.

Por lo tanto, para estas entidades, las operaciones societarias y las ampliaciones de capital que se realicen en 2011 y 2012 quedarán exentas del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.

LOS PRESUPUESTOS PARA 2011 CASTIGAN A LOS AUTÓNOMOS EN PENSIONES Y A NIVEL FISCAL

El Gobierno endurecerá el año que viene algunas de las condiciones que disfrutan en la Seguridad Social varios colectivos de autónomos. El objetivo no es sólo recaudar más, sino también avanzar en la equiparación entre la aportación a la Seguridad Social durante la vida laboral y la cuantía de la pensión que se recibe cuando uno se jubila.

Así, a partir del año que viene, los empresarios que estén en el régimen de autónomos y tengan más de 50 trabajadores pasarán a pagar, como mínimo, desde 840 euros a un poco más de 1.000 euros mensuales a la Seguridad Social.

La cuantía definitiva que estas personas deberán abonar el próximo año equivaldrá a la base mínima del Grupo 1 de Cotización. Es decir, licenciados y personal de alta dirección. Está pendiente de la subida del Salario Mínimo Interprofesional para el próximo año, pero a día de hoy la citada base de la Seguridad Social es de 1.030 euros.

La medida se dirige a estos empresarios y, también, a los directivos de este tipo de compañías que están en la Seguridad Social como autónomos y que, con frecuencia, cotizan por la base mínima en este régimen del sistema. Se da la circunstancia de que estas personas con ingresos más elevados, o mucho más elevados, cotizan menos que sus asalariados al Régimen General de la Seguridad Social.

Las empresas con más de cincuenta trabajadores son 35.605. De ellas, 19.218 tienen entre 51 y 100 empleados; 13.864, entre 101 y 500 trabajadores y, a partir de ahí, 2.523.

Pero ésta no es la única medida que aprobará el Gobierno para ajustar algunas cuentas con los autónomos en las cotizaciones sociales. A partir del 1 de abril de 2011, el Gobierno adelanta desde los 50 a los 45 años la edad límite que tendrá el trabajador autónomo para elegir la base de cotización a la Seguridad Social en los últimos años de su carrera.

Con ello, el sistema trata de reducir el fenómeno conocido entre los técnicos como la compra de pensiones entre los autónomos. Es decir, cuando muchas de estas personas, para cobrar una pensión más elevada, deciden cotizar por bases más altas durante los últimos quince años de su vida laboral.

Sebastián Reina, secretario general de UPTA, una de las organizaciones de autónomos más representativas, explicó ayer que, con ello, el Gobierno adelanta en este colectivo laboral lo que va a ocurrir en el Régimen General tras el Pacto de Toledo; la ampliación de 15 a 20 años del periodo de cotización obligado para calcular la cuantía de la pensión.