sábado, 16 de julio de 2011

LEY ANDALUZA DE PROMOCIÓN DEL TRABAJO AUTÓNOMO

La Ley Andaluza de Promoción del Trabajo Autónomo ya esta preparada y falta ser aprobada por el Parlamento Andaluz en Noviembre de este año.
Con la aprobación del Consejo de Gobierno del proyecto de la Ley Andaluza de Promoción del Trabajo Autónomo se da un salto cualitativo en el apoyo al colectivo de trabajadores autónomos que en Andalucía llegan a ser más de 469.000.
Con ello Andalucía pasará a ser la primera Comunidad Autónoma que contatará con una ley en cuanto a este tipo de políticas.
Andalucía, tras Cataluña, es la segunda Comunidad Autónoma que cuenta con más afiliados al régimen especial de trabajadores autónomos de la Seguridad Social con un total de (469.680). Además el trabajo autónomo significa el 17% del Producto Interior Bruto (PIB) regional.
Dicho acuerdo ha sido desarrollado por la Consejería de Empleo y respetando las exigencias del VII Acuerdo de Concertación Social, este proyecto lo forman 18 artículos y 5 capítulos que resumimos a continuación.

-Primer Capítulo:
En él figura el compromiso por parte de la Junta de llevar adelante un plan estratégico con agentes socioeconómicos que sean los más representativos del sector.
Es un documento, con una vigencia cuatrienal y reflejará cuál es la situación del sector, además de contar con un sistema con el que evaluará la calidad de servicios que la Administración autonómica presta.

-Segundo Capítulo:
En lo referido a las políticas activas de empleo para los trabajadores autónomos y que forman parte del segundo capítulo, se incluyen una serie de incentivos directos para mantener los proyectos; junto a bonificaciones y exenciones fiscales, medidas tendientes a facilitar la conciliación de la vida familiar y medidas de asesoramiento, formación y reciclaje profesional, asistencia técnica, promoción del trabajo en red.

También se incluyen líneas de respaldo financiero directo, estableciendo ayudas de entre 4.000€ y 11.000€, para proyectos de areas territoriales desfavorecidas y que sean parte de la economía sostenible como medio ambiente y energías renovables, atención a la dependencia, nuevas tecnologías y rehabilitación de vivienda o que sean impulsados por los colectivos que tengan necesidades especiales entre los que se encuentan a jóvenes menores de 30 años, parados de más de 45 años, además de personas con discapacidad, inmigrantes y mujeres víctimas de violencia de género.

También se impulsa la creación del Distintivo Andaluz al Trabajo Autónomo de Excelencia, para reconocer los proyectos desarrollados y ligados con el sector autónomo emprendedor.

-Tercer Capítulo:
Se busca mejorar la prevención de riesgos laborales que estipula el desarrollo de campañas de información, formación y asesoramiento técnico, una línea de subvenciones para inversiones en vigilancia, seguridad y salud laboral de establecimientos.

-Cuarto Capítulo:
En este capítulo, trata de la colaboración institucional y fomenta la creación del Consejo Andaluz del Trabajo Autónomo, éste será un órgano de participación de asociaciones y organizaciones representativas de los profesionales, además asesorará al Gobierno de Andalucía. También se buscará que se constituyan asociaciones de autónomos y un registro específico.

-Capítulo Cinco:
La creación de un mecanismo de arbitraje para trabajadores autónomos, que estará adscrito al Sistema Extrajudicial de Resolución de Conflictos de Andalucía (Sercla).



Anteproyecto de Ley Andaluza de Promoción del Trabajo Autónomo

sábado, 9 de julio de 2011

EL MODELO HIPOTECARIO EN REVISIÓN

El Gobierno ha elevado la protección ante embargo y el Congreso estudia la dación en pago que, según expertos, encarecería el crédito en 150 euros.
El modelo hipotecario español está bajo revisión. Una subcomisión del área de Vivienda del Congreso de los Diputados debate estos días las modificaciones que podrían mejorar el modelo de concesión de crédito para la compra de viviendas. Entre las propuestas se encuentra imponer la entrega del inmueble como único requisito para saldar la deuda hipotecaria, frente a la normativa actual, que obliga al deudor a seguir pagando la diferencia con todos sus bienes presentes y futuros.
La propuesta de imponer la dación en pago podría acabar cuajando ante la renovada presión social de grupos como el 15-M. Más, cuando la campaña electoral parece haber comenzado ya. Por el momento, el Gobierno ya ha dado algunos pasos para suavizar la legislación hipotecaria de cara a las familias.

En primer lugar, el Consejo de Ministros elevó la renta inembargable a una familia en caso de embargo de su vivienda. El montante mensual que se blinda pasa de ser de 641 a 961 euros (150% del salario mínimo interprofesional), y aumenta hasta 1.300 euros, en el caso de familias con dos personas sin ingresos al cargo.

En la Asociación Hipotecaria Española (AHE), que reúne a las principales entidades de crédito, no parece preocupar este cambio, pues asumen que solo supone ampliar el plazo en el que se cobrará. Menos convencidos se muestran sobre la otra gran medida aprobada por el Ejecutivo. En caso de ejecución hipotecaria, la vivienda del embargado pasa a subasta pública, que si queda desierta puede ser adquirida por la entidad acreedora al 50% de su valor de tasación. Un porcentaje que acaba de ser elevado al 60%.

Si estudiamos la medida, nos damos cuenta que es perfectamente asumible por las entidades financieras.Si suponemos un escenario de depreciación del 20% en el precio de la vivienda. Si su valor hoy es del 80% del que tenían y se supone que la mayoría de créditos concedidos no superaban el 80% de su valor, ya sólo la entrega del inmueble debería bastar para saldar la deuda hipotecaria.

El problema de base es la falta de afluencia en torno a estas subastas que se desarrollan en una "virtual semiclandestinidad", según el colegio de registradores, por lo que es casi siempre la entidad acreedora quien se adjudica la casa por el porcentaje mínimo. Para tratar de facilitar el acceso, el Gobierno ha rebajado la cuantía que hay que consignar para pujar, del 30% al 20% del valor del inmueble. Esta medida no creo que haga que los particulares pujen más y accedan a la subasta de viviendas. Quizá resultaría más eficaz que hubiera acceso on line a través de Internet a las subastas de inmuebles para que los particulares pudieran adquirirlas.

Una solución como la dación en pago apoyada unánimamente por los usuarios de la banca, los comsumidores, algunos partidos políticos y muchos de los ciudadadanos de este país debería estudiarse en profundidad y evitaría muchas de las situaciones injustas que se producen hoy en día.

Para la patronal de los bancos, la entrega del piso como única condición para saldar la deuda "podría excluir en el futuro a amplias capas de la población del acceso al crédito hipotecario". Según el informe de Oliver Wyman, que refrenda la posición de la patronal, dicha modificación, aplicada retroactivamente, podría llegar a reducir un 10% la concesión de créditos a la vivienda, elevaría la tasa de mora del 2,4% al 8%, llevaría a bancos y cajas a absorber 400.000 viviendas más en balance, obligando a recabar capital adicional por 4.000 millones y generando pérdidas por una cantidad similar.
La AEB cree que que si la dación en pago tuviera carácter retroactivo generaría solicitudes de dación en pago en cadena, para dejar la vivienda que se está pagando y meterse en otra más barata. Pero la realidad es que dejarían de pagar, los que no pueden pagar tampoco en el sistema actual. Desde la central admiten, sin embargo, que sería posible buscar un camino intermedio, como marcar en el 80% del valor de la vivienda el precio mínimo por el que se la puede adjudicar la entidad acreedora.

Las cifras resumen se pueden desglosar de la siguiente manera:
  • 150 euros podría elevarse la cuota mensual de una hipoteca media si se aprueba la dación en pago con efecto retroactivo, según el informe de impacto que maneja la patronal española bancaria.
  • 4.000 millones de euros es el capital adicional que necesitarían las entidades, si se aprueba la entrega de llaves como pago único.
  • 8% es el porcentaje que podría alcanzar la mora hipotecaria si se aprueba la dación retroactivamente.