Recientemente se ha aprobado una Orden del Ministerio de Economía y Hacienda ORDEN EHA/1034/2011, de 25 de abril, por la que se reducen para el período impositivo 2010 los índices de rendimiento neto y el índice corrector por piensos adquiridos a terceros aplicables en el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas para las actividades agrícolas y ganaderas afectadas por diversas circunstancias excepcionales.
El Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, establece que cuando el desarrollo de las actividades económicas, a las que fuese de aplicación el método de estimación objetiva, se viese alterado por incendios, inundaciones u otras circunstancias excepcionales que afectasen a un sector o a una zona determinada, el Ministerio de Economía y Hacienda podrá autorizar, con carácter excepcional, la reducción de signos, índices o módulos.
A este respecto el Ministerio de Medio Ambiente, Medio Rural y Marino ha emitido un informe por el que se pone de manifiesto que se han producido circunstancias excepcionales que han producido perjuicios en las
actividades agrícolas y ganaderas que aconsejan hacer uso de la autorización excepcional.
Mediante esta orden se aprueba la reducción de los índices de rendimiento neto aplicables en 2010 por las actividades agrícolas y ganaderas afectadas por circunstancias excepcionales, las cuales se localizan en determinadas zonas geográficas, y en segundo lugar como consecuencia del elevado impacto que ha tenido el incremento del precio de los piensos durante el periodo impositivo 2010, se reduce el índice corrector por piensos adquiridos a terceros aplicables a las actividades ganaderas.
El índice corrector quedará fijado para el año 2010 en el 0,65.
El Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, establece que cuando el desarrollo de las actividades económicas, a las que fuese de aplicación el método de estimación objetiva, se viese alterado por incendios, inundaciones u otras circunstancias excepcionales que afectasen a un sector o a una zona determinada, el Ministerio de Economía y Hacienda podrá autorizar, con carácter excepcional, la reducción de signos, índices o módulos.
A este respecto el Ministerio de Medio Ambiente, Medio Rural y Marino ha emitido un informe por el que se pone de manifiesto que se han producido circunstancias excepcionales que han producido perjuicios en las
actividades agrícolas y ganaderas que aconsejan hacer uso de la autorización excepcional.
Mediante esta orden se aprueba la reducción de los índices de rendimiento neto aplicables en 2010 por las actividades agrícolas y ganaderas afectadas por circunstancias excepcionales, las cuales se localizan en determinadas zonas geográficas, y en segundo lugar como consecuencia del elevado impacto que ha tenido el incremento del precio de los piensos durante el periodo impositivo 2010, se reduce el índice corrector por piensos adquiridos a terceros aplicables a las actividades ganaderas.
El índice corrector quedará fijado para el año 2010 en el 0,65.
En lo que respecta a la acividad de Horticultura, la reducción de módulos es de aproximadamenten un 40% pasando el Índice o Módulo base para calcular el rendimiento neto de la actividad del 0.26 al 0.16.
Os dejo un enlace para que podáis consultar la Orden y ver las zonas geográficas incluidadas en la rebaja de módulos y las actividades agrícolas o ganaderas con los nuevos índices o módulos aplicables.
Orden EHA 1034/2011 Rebaja Módulos IRPF 2010 actividades agrícolas y ganaderas.pdf
hola
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