PLANES DE PENSIONES
Los planes de la modalidad de Empleo son los únicos planes de pensiones en que la Empresa puede efectuar aportaciones. La Empresa podrá deducirse las aportaciones efectuadas sin necesidad de efectuar retención a cuenta ni de cotizar a la Seguridad Social por esta parte de retribución; para ello será imprescindible su imputación a cada Participe-empleado.
También podrá deducir de la cuota del impuesto de sociedades el 10% de las contribuciones que haga a los planes de pensiones de empleo a favor de trabajadores con retribuciones brutas anuales inferiores a 27.000 euros o la cantidad proporcional a este porcentaje si se trata de empleados con retribuciones iguales o superiores.
SEGUROS COLECTIVOS DE VIDA
Las primas pagadas por la empresa serán consideradas como gasto deducible en el impuesto que grava su renta (normalmente Impuesto de Sociedades o IRPF) únicamente cuando se cumplan las siguientes condiciones:
- Que constituyan una forma complementaria de retribución a los empleados. (imputación como salario en especie).
- Que exista la cesión de los derechos del tomador al asegurado -empleado como beneficiario de las prestaciones por supervivencia, rescate y la designación de beneficiarios en caso de fallecimiento.
- Que sean obligatorias para la empresa en virtud de convenio entre las partes.
Así la póliza se constituye en favor del empleado-asegurado que asume los derechos y beneficios de la misma.
SEGUROS DE SALUD Y ASISTENCIA SANITARIA
No tendrán la consideración de rendimientos del trabajo en especie, las primas o cuotas satisfechas a entidades aseguradoras para la cobertura de enfermedad, por lo que el trabajador no deberá tributar en su IRPF por las cuotas o primas abonadas por la empresa.
PLANES Y FONDOS DE PENSIONES
Al efectuar las aportaciones tendrán los siguientes beneficios fiscales:
- Desgravación en la base imponible del IRPF por persona y año de:
8.000 Euros por las aportaciones efectuadas a planes de empleo por la empresa a su favor.
Y otros 8.000 Euros por aportaciones realizadas por el propio partícipe a planes individuales, asociados y/o de empleo (si los tuviera suscritos).
-Se añade además la posibilidad de aumentar el límite de aportación en los siguientes casos:
Hasta un total de 24.250 euros para planes constituidos en favor de personas minusválidas cuya prestación prevista sea en forma de renta.(la prestación en forma de capital solo será admisible en casos excepcionales)
RENTA DE PREJUBILACIÓN
En el caso de rentas de prejubilación provenientes de un E.R.E (expediente de regulación de empleo), tendrán la consideración de rendimientos del trabajo aplicándose en estos casos una reducción que correspondería al importe de la indemnización por despido.
Asimismo, Ley permite a las sociedades una deducción en cuota del 12% (14,5% para PYMES) de las rentas obtenidas en la transmisión de ciertos elementos del inmovilizado, como maquinaria, instalaciones, etc siempre que el importe obtenido por la venta se reinvierta en la adquisición de otros elementos similares en el plazo del año anterior.
En la actualidad los cheques comida son una buena opción tanto para el trabajador como para la empresa desde un punto de vista fiscal. A efectos de la declaración de la renta del empleado no se consideran retribución en especie, por lo que no tributan en el IRPF. Por su parte, la empresa podrá deducirse el 100% de lo destinado a estos ticket restaurante en el Impuestos sobre Sociedades.
muy útil gracias... os dejo también un par de videos que conseguí para ayudarnos a los autónomos a hacer la declaración de la renta...
ResponderEliminarCómo deben declarar sus impuestos los autónomos
Cómo rellenar el modelo 190 de la Agencia Tributaria